martes, 29 de junio de 2010

MUY IMPORTANTE

EL CENTRO DE ESTUDIANTES INFORMA QUE DESDE EL 1 AL 8 DE JULIO ES EL SEGUN DO PERIODO DE PEDIDOS DE EQUIVALENCIAS...

EL LUNES 5 DE JULIO ASAMBLEA DE COOPERADORA A LAS 18 HS. ELECCION DE NUEVOS MIEMBROS DE LA COMISION DIRECTIVA.

SE INVITA A AQUELLOS QUE TENGAN BANDAS MUSICALES, GRUPOS FOLCLORICOS, ETC., A QUE SE ACERQUEN AL CENTRO PARA QUE PARTICIPEN DE LAS DISTINTAS ACTIVIDADES QUE ESTA ORGANIZANDO EL CENTRO DE ESTUDIANTES....

A PARTIR DEL LUNES 5 DE JULIO SE PODRAN RETIRAR DEL CENTRO LOS CERTIFICADOS DEL 3° ENCUENTRO PROVINCIAL DE EDUCACION ESPECIAL...

CENTRO DE ESTUDIANTES SAN FERNANDO REY - T.E.R.

lunes, 28 de junio de 2010

IMPORTANTE

El siguiente censo es para realizar un banco de datos de los alumnos del San Fernando Rey y tambien nos permitira realizar estadisticas para poder gestionar beneficios para los estudiantes... por favor si no te censaron en el instituto acudimos a este medio para facilitarles y tambien solicitamos que lo copien y lo reenvien a sus compañeros via mail... muchas gracias centro de estudiantes...
Enviar el censo a cualquiera de estos correo centrodeestudiantessfr@gmail.com o t-e-r-@hotmail.com






CENSO DE ESTUDIANTES DEL INSTITUTO SAN FERNANDO REY

NOMBRES:



APELLIDO:



D.N.I.:



EDAD:



TEL. / CEL. :



MAIL:



LOCALIDAD:



CARRERA:



AÑO DE INGRESO: _________



AÑO QUE CURSA: 1° - 2° - 3° - 4°



RECURSANTE: SI - NO



HIJOS: SI - NO



¿CUANTOS? ________



¿TRABAJA?: SI - NO



¿PERCIBÍS ALGUNA AYUDA ECONÓMICA?



CENTRO DE ESTUDIANTES SAN FERNANDO REY - T.E.R.

MUY IMPORTANTE

EL CENTRO DE ESTUDIANTES COMUNICA QUE LAS FECHAS DE INSCRIPCION A EXAMENES DEL TURNO AGOSTO SON 12, 13 Y 14 DE JULIO...

07 DE JULIO EXAMEN A LOS INGRESAQNTES QUE NO APROBARON EL TALLER DE IMAGEN...

A LOS ALUMNOS QUE SE INSCRIBIERON ADEUDANDO MATERIAS DEL SECUNDARIO SE LES INFORMA QUE EL 12 DE JULIO DEL CORRIENTE AÑO ES LA FECHA LIMITE PARA LA ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS QUE ACREDITEN LA CONDICION DE FINALIZACION DE ESTUDIOS SECUNDARIO. DE NO CUMPLIRSE CON ESTE REQUISITO CORRESPONDE DAR DE BAJA A LOS ALUMNOS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACION IRREGULAR.
EL ACTO POR EL DIA DE LA INDEPENDENCIA SE REALIZARA EL 8 DE JULIO ORGANIZADOS POR LOS ALUMNOS DE AUDITIVOS...

LA INAUGURACION DE LA ESCULTURA REALIZADA EN LA SEMANA DEL BICENTENARIO SE REALIZARA EL 8 DE JULIO...

EL SORTEO DE LOS 3 EQUIPOS DE MATES (ESTUCHE, TERMO, MATE Y BOMBILLA) SE REALIZARA DESPUES DEL ACTO DEL 8 DE JULIO. ADQUIRI TU NUMERO EN EL CENTRO DE ESTUDIANTES LO RECAUDADO SERA PARA LA COLOCACION DE REJAS Y ESTANTERIAS EN EL CENTRO DE ESTUDIANTES...

viernes, 25 de junio de 2010

ELECCION DE CONSEJEROS

ESCRUTINIO DEFINITIVO DE LA ELECCION DE CONSEJEROS:

CLAUSTRO ESTUDIANTIL:
  • ED.ESP. (AUDITIVOS): NUÑEZ, ANA BELEN (TITULAR)
                                                  SUAREZ, PATRICIA ALEJANDRA (SUPLENTE)
  • ED. ESP. (MENTALES): RIOS, PERLA CAROLINA (TITULAR)
                                                     FERNANDEZ, DANIEL (SUPLENTE)
  • BIBLIOTECOLOGIA: VARGAS, MARIA CELESTE (TITULAR)
                                                  GODOY, KARINA GABRIELA (SUPLENTE)
  • MATEMATICA: BRAVO, ERNESTO CELESTINO (TITULAR)
                                         NAVARRO, MARIA LAURA (SUPLENTE)
  • LENGUA: CORREA, OSVALDO ANTONIO (TITULAR)
                             BAEZ, LUCIO (SUPLENTE)
  • INGLES: ZUBILLAGA, LUIS (TITULAR)
                          DERMINIO, DANIELA(SUPLENTE)

CLAUSTRO DOCENTE:
  • ED. ESP. (AUDITIVOS): QUINTELA, ELFA (TITULAR)
                                                     ORELLANO, SILVIA (SUPLENTE)
  • ED. ESP. (MENTALES): LUNA, CARLOS (TITULAR)
                                                   NUÑEZ, RICARDO (SUPLENTE)
  • BIBLIOTECOLOGIA: BARRIOS, MARIA (TITULAR)
                                               BARRIOS, RUBEN OMAR (SUPLENTE)
  • MATEMATICA: LAZOVICH, ALEJANDRO (TITULAR)
                                      SANCHEZ PARRA, BEATRIZ (SUPLENTE)
  • LENGUA: ARGARAÑAZ, LUIS (TITULAR)
                            LEDESMA IBARRA, GUILLERMO (SUPLENTE)
  • INGLES: ALARCON, ELCIRA TERESA (TITULAR)
                         JIMENEZ, MARIANA (SUPLENTE)

CLAUSTRO DOCENTE ADMINISTRATIVO:

  • OJEDA, CLAUDIA ROSANA
EL CENTRO DE ESTUDIANTES FELICITA A TODOS AQUELLOS QUE PARTICIPARON DE LAS ELECCIONES Y CUMPLIERON CON SU DERECHO AL VOTO, PERMITIENDO ASI NUEVAMENTE DESPUES DE DOS AÑOS EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO. Y FELICITACIONES A LOS NUEVOS MIEMBROS DEL CONSEJO...

CENTRO DE ESTUDIANTES SAN FERNANDO REY - T.E.R.

miércoles, 16 de junio de 2010

MUY IMPORTANTE

SE COMUNICA A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL INSTITUTO DE NIVEL TERCIARIO SAN FERNANDO REY QUE LA ELECCION PARA MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO SE POSTERGO PARA EL MIERCOLES 23 DE JUNIO DE 2010.

martes, 15 de junio de 2010

DIA DE LA BANDERA

EL CENTRO DE ESTUDIANTES INVITA A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA A PARTICIPAR DEL ACTO CONMEMORATIVO POR EL DIA DE LA BANDERA EL MISMO SE LLEVARA A CABO EL VIERNES 18 DE JUNIO... ORGANIZADO POR ALUMNOS DEL PROFESORADO DE INGLES...

  • A LAS 8 HS IZAMIENTO DE LA BANDERA
  • ACTO CENTRAL A LAS 9:40 HS.
  • ARRIO DE LA BANDERA A LAS 18 HS.
ESPERAMOS PODER CONTAR CON LA PRESENCIA DE TODOS

CENTRO DE ESTUDIANTES SAN FERNANDO REY - T.E.R.

CANDIDATOS OFICIALIZADOS PARA ELECCION DE CONSEJEROS

CARRERA: MENTALES
  • PERLA CAROLINA RIOS
  • DANIEL FERNANDEZ
CARRERA: AUDITIVOS
  • ANA BELEN NUÑEZ
  • PATRICIA ALEJANDRA SUAREZ
CARRERA: BIBLIOTECOLOGIA
  • KARINA GABRIELA GODOY
  • MARIA CELESTE VARGAS
CARRERA: MATEMATICA
  • MARIA LAUS NAVARRO
  • ERNESTO CELESTINO BRAVO
CARRERA: LENGUA
  • LUCIO BAEZ
  • JUAN CARLOS SALINAS
  • OSVALDO ANONIO CORREA
CARRERA: INGLES
  • DANIELA DERMINIO
  • LUIS ZUBILLAGA
EL CENTRO DE ESTUDIANTES INVITA A TODOS A PARTICIPAR DE LAS ELECCIONES EL MIERCOLES 23 (FECHA MODIFICADA) DE JUNIO DE 8 A 19 HS....

POR FAVOR DIFUNDIR ESTA INFO... Y PROMUEVAN LA PARTICIPACION DEMOCRATICA YA QUE LOS CANDIDATOS NOS REPRESENTARAN A TODOS LOS ESTUDIANTES EN EL CONSEJO DIRECTIVO...

CENTRO DE ESTUDIANTES - T.E.R.

domingo, 13 de junio de 2010

Arte terapia para los más chiquitos - Taller de dramatización de cuentos infantiles

La actividad está destinada a niños de 3 a 10 años de edad, en horarios y fechas a convenir. El taller estará a cargo de un equipo multidisciplinario conformado por profesionales de psicología, pedagogía, estimulación temprana, profesores especiales y psicomotricista.


Considerando que la mejor forma de ayudar a gestionar las emociones es generando espacios para expresar sentimientos, desarrollar la empatía y resolver situaciones de conflicto, los profesionales manifiestan que las técnicas o juegos psicodramáticos pueden ser utilizados como disparadores y facilitadores. Por lo tanto, reproducir en el aquí y ahora, situaciones cotidianas reales o imaginaria, permite abordar y poner en marcha estrategias de todo tipo.

La literatura infantil debe ser disfrutada por sí misma, permitiéndoles a los niños el placer del cuento o la poesía en sí misma, en su sonoridad, en la penetración de lejanos o cotidianos mundos llenos de alegría, misterio y encanto.
El equipo multidisciplinario conformado por profesionales de Psicología, Pedagogía, Estimulación Temprana, Profesores Especiales, Psicomotricista, dicta talleres de arte terapia para niños; de juegos didácticos; lectoescritura; para Aprender a Aprender; Organización e implementación de Capacitaciones; Asesorías individuales e institucionales (Pedagogía y Psicología); Integración Escolar (Inclusión Educativa); Formulación de Proyectos Educativos y Sociales; y Psicología clínica (niñez, adolescencia, familia, adultos).

Para mayor información y para inscripciones, los interesados pueden dirigirse a López y Planes 901, en los horarios de 17 a 20,30; escribir al correo electrónico talleresjovenes@gmail.com o comunicarse a los teléfonos (03722) 15770043 y 433640.

jueves, 10 de junio de 2010

MUY IMPORTANTE

EL CENTRO DE ESTUDIANTES COMUNICA QUE SE LLEVARA A CABO EL PRIMER CENSO DE ESTUDIANTES CON EL FIN DE CREAR UN BANCO DE DATOS DE TODOS LOS ALUMNOS.
EL MISMO NOS AYUDARA A MEJORAR LA COMUNICACION Y PODER REALIZAR ESTADISTICAS DE LAS PROBLEMATICAS COMO POR EJEMPLO SOLICITAR MAS RECORRIDOS DE COLECTIVOS POR EL INSTITUTO, SOLICITAR BECAS, ETC...

EL MISMO SE LLEVARA A CABO CON EL SIGUIENTE CRONOGRAMA:

DEL 14 AL 18 DE JUNIO AUDITIVOS - BIBLIOTECA - MENTALES
DEL 22 AL 30 DE JUNIO INGLES - LENGUA - MATEMATICA

DESDE YA ESPERAMOS SU COLABORACION...
MUCHAS GRACIAS...

SECRETARIA GENERAL
CENTRO DE ESTUDIANTES SAN FERNANDO REY - T.E.R. - MMX

DE INTERES

SEMINARIO:
TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA
7 DE AGOSTO, RESISTENCIA - CHACO

COMUNICACION:
ALTERACIONES Y SISTEMAS ALTERNATIVOS Y AUMENTATIVOS

DISERTANTE
DR. DANIEL VALDEZ
DR. EN PSICOLOGIA UNIV. AUTONOMA DE MADRID
DIRECTOR DIPLOMATURA AUTISMO UNIV. BELGRANO
DIRECTOR POST GRADO AUTISMO. FLACSO
PROF. PSICOLOGIA EDUCACIONAL. UBA

ORGANIZAN:
APADEA CHACO
INSTITUTO BARRILETE

INFORMES
03722 - 465667
E-MAIL: ibarrilete@hotmail.com
WWW.APADEACHACO.ORG.COM

jueves, 3 de junio de 2010

C.A.I.E.

Periodismo y Comunicación del Bicentenario




PRESENTACIÓN DEL LIBRO :



“TATUADOS POR LOS MEDIOS”



DE SILVIA BACHER



Presenta: Susana Pachecoy



Miércoles 2 de Junio - 20:30 hs-



Museo del Hombre Chaqueño –Juan B. Justo 280–







Agenda Foro Bicentenario para el Día del Periodista



Instituto de Cultura del Chaco- Ministerio de Educación -Asociación Civil Nuestra Voz

miércoles, 2 de junio de 2010

C.A.I.E.

Los invitamos a participar de la presentación del Libro "MANUEL BELGRANO: RECUERDOS DEL ALTO PERÚ", La misma se llevará a cabo el jueves 3 de junio, a las 20:30 hs. en las instalaciones de la Librería de La Paz, Av. 9 de julio 359.

Contaremos con la presencia del Dr. Javier Garín, autor del libro, el Prof. Marcelo Salgado, Coordinador del ISEPCI; Eduardo Barreto, Profesor en Ciencias Sociales (U.N.L) y Doctor en Historia (USAL), coordinador del Área de Investigaciones Históricas de nuestro Museo del Hombre Chaqueño "Profesor Ertivio Acosta" y Francisco Romero, Profesor en Letras (U.N.NE), Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco, quienes realizaran la presentación de la segunda edición del Libro "Manuel Belgrano: Recuerdos Del Alto Perú".

Organiza: ISEPCI, Instituto de Investigaciones Sociales, Económicas y de Participación Ciudadana

Sobre el libro:

El libro relata la campaña libertadora de Belgrano al frente del Ejército Auxiliar del Alto Perú, con la finalidad de "contribuir al conocimiento de la obra y el pensamiento del más humano de nuestros próceres".

El libro recrea, la gesta Belgraniana al frente de tropas reducidas a la miseria, "mal vestidas, mal comidas e impagas, a las que se daba el pomposo nombre de Ejército pero que, reunidas, no formarían tal vez un regimiento".

En sus páginas, describe una emotiva crónica de la guerra revolucionaria, desde que Belgrano asume en Yatasto el mando del Ejército patriota, hasta que deja el mismo en manos de San Martín. Basándose en las cartas, oficios y partes de guerra del propio Belgrano, se relatan con dramatismo las alternativas de la guerra revolucionaria, el éxodo jujeño, la defensa de los pueblos originarios frente al opresor europeo, las batallas de Tucumán, Salta, Vilcapugio y Ayohuma y el trabajo ideológico y político de Belgrano en su esfuerzo por expandir la Revolución.

Este libro está basado en documentos del propio Belgrano: cartas, memorias, partes de guerra, comunicaciones al gobierno".

El autor recorrió personalmente en reiterados viajes, todo el itinerario belgraniano por América, y sus investigaciones sobre el prócer lo convierten en un sólido conocedor de la gesta libertadora.

La obra de Garín mereció en su momento elogiosos comentarios de entidades belgranianas y autoridades nacionales y provinciales al trazar un retrato vívido del prócer, cuya figura se engrandece en el infortunio y "proyecta su vigencia a pueblos que aún luchan por su liberación". Garín, también abogado de DDHH, es autor del "Manual Popular de Derechos Humanos", obra considerada modelo de educación y difusión popular, la cual fue presentada en todo el país.

El libro "Manuel Belgrano: Recuerdos del Alto Perú", fue declarado de interés municipal con el voto unánime de los concejales de Lomas de Zamora.

Sobre el Autor:

JAVIER GARIN:

Escritor y abogado de DDHH. Nació en 1964 en Lomas de Zamora. Intervino en numerosos casos de repercusión social: víctimas de gatillo fácil, usuarios y consumidores y conflictos vinculados a los movimientos sociales y la defensa del medio ambiente. Presidió durante años la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, impulsando tareas de concientización. Vice presidente del Foro Nacional de DDHH y Acción Humanitaria, brindó cursos y conferencias de formación por todo el país. Su "Manual Popular de Derechos Humanos" fue utilizado como texto formativo en organismos públicos y privados y declarados de interés en varias Legislaturas. Colaboró en Pagina 12 y numerosos medios, y sus artículos y conferencias lograron gran difusión. La primera edición de "Manuel Belgrano: Recuerdos del Alto Perú", ya agotada, mereció elogiosos conceptos de entidades belgranianas.

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS ELECCIONES DE CONSEJEROS

REGLAMENTO GENERAL ELECTORAL


-2010-

TITULO PRIMERO - DE LA CONVOCATORIA Y JUNTA ELECTORAL

Capítulo I - De la convocatoria

Artículo 1º) En un plazo no menor de sesenta (60) días antes del vencimiento del mandato de los

integrantes – en adelante “Consejeros”-, el Consejo Directivo convocará a elecciones de

Consejeros de todos los claustros previstos en la Resolución N°786/88CGE y sus modificatorias

(Docente, Estudiante y Egresado). En la misma sesión se elegirá a los integrantes de la Junta

Electoral. Si la primera sesión del Consejo Directivo convocada para elegir a la Junta Electoral

fracasara por falta de quórum, se deberá convocar a una segunda sesión extraordinaria para un

plazo no menor de dos (2) días, ni mayor de cinco (5) días. En esta segunda sesión

extraordinaria, si no existiera quórum, transcurrida una (1) hora de la fijada para el inicio,

quedará autorizado el Rector a la designación de los Miembros de Junta Electoral.

Las elecciones de Consejeros se realizarán en forma simultánea para cada claustro, en un solo

día.

No se suspenderán las actividades académicas en la jornada electoral.

Artículo 2º) La Junta Electoral, una vez conformada, tendrá el plazo de tres días para fijar

cronograma general y único.

Capítulo II - De las Juntas Electorales

Artículo 3º) Habrá una única Junta Electoral para todos los claustros, integrada por dos (2)

representante por los Docentes, dos (2) por los Estudiantes, y uno (1) por los Docentes -

Administrativos. Por cada miembro titular habrá un (1) suplente.

Los Miembros de la Junta Electoral deberán pertenecer a los claustros del Instituto, y ser

propuestos en sesión por algún integrante del Consejo Directivo, y no podrán ser candidatos a

Consejeros. Si algún miembro aspira a ser candidato a Consejero deberá renunciar a las

funciones como Miembro de Junta Electoral hasta un día antes de la fecha de vencimiento de

presentación de la nota de candidatura para la oficialización como candidato.

El desempeño de la función de Miembro de Junta Electoral constituye una carga pública y por lo

tanto será obligatoria la asistencia a las reuniones.

Artículo 4º) La Junta Electoral del Instituto sesionará en dependencia del Instituto con la

presencia de la mitad más uno de los Miembros. Ellos decidirán todas las situaciones con el voto

de la mayoría simple de los presentes. En caso de renuncia fundada y aceptada de un Miembro

titular, asumirá sus funciones el suplente, o si quedare vacante un Miembro titular y su suplente,

el Rector tendrá la atribución de designar al sustituto.

Los Miembros suplentes reemplazarán a los titulares, automáticamente, en las reuniones en las

cuales éstos se encuentren ausentes.

2

Artículo 5º) La Junta Electoral del Instituto tendrá competencia para entender y decidir en las

cuestiones relativas a las elecciones de Consejeros Directivos de todos los claustros y serán sus

atribuciones y deberes:

a) Definir toda cuestión que se presente sobre electores en padrones como así también sobre

inclusiones, tachas o eliminaciones de electores.

b) Determinar el número de mesas a funcionar y sus presidentes con los respectivos suplentes,

entre los integrantes del Padrón definitivo respectivo, los cuales no podrán ser candidatos a

Consejeros, ni apoderados, ni fiscales.

c) Organizar y fiscalizar el acto electoral del Instituto, decidiendo sobre cualquier cuestión que se

planteare con motivo de su desarrollo y asegurando las medidas conducentes para asegurar el

normal desenvolvimiento de los comicios.

d) Oficializar los candidatos de los distintos claustros, o rechazarlos por faltas de requisitos.

e) Practicar el escrutinio definitivo de la elección.

f) Proclamar a los Consejeros electos del Instituto y publicarlos en el ámbito de su jurisdicción.

g) Resolver cualquier otra cuestión relativa al acto electoral.

La Junta Electoral durará hasta completar su cometido.

Capítulo III- De las notificaciones y recursos contra las resoluciones de Juntas Electorales.

Artículo 6º) Todos los actos y resoluciones de la Junta Electoral, deberán ser exhibidos en el

ámbito del Instituto a partir del mismo día de su dictamen.

Los interesados estarán obligados a notificarse de las mismas, en dicho lugar, hasta las 24

(veinticuatro) horas del día inmediato siguiente al del dictamen. Vencido dicho plazo se

considerará, sin admitir prueba en contrario, que el acto o resolución fue debidamente notificado

por las partes interesadas.

Artículo 7º) Contra las resoluciones de la Junta Electoral del Instituto se podrá interponer:

Recurso de Reconsideración o Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio. Al

primero lo resuelve la misma Junta Electoral y al segundo en primera instancia la Junta y luego,

si es denegado, la Rectoría. El vencimiento para la presentación del Recurso de Reconsideración

será a las veinte horas del día inmediato siguiente al plazo de vencimiento de notificación

establecido en el artículo 6º de este Reglamento.

Los Recursos deberán ser presentados con causa debidamente justificada y acreditada con todas

las probanzas del caso.

Los casos no resueltos por la Junta Electoral en los tiempos estipulados se considerarán como

denegados.

Artículo 8º) Presentado un recurso de Reconsideración, la Junta respectiva le dará vista hasta las

24 (veinticuatro) horas del día inmediato siguiente con copia de la presentación a la otra/s

parte/s, para que aleguen todo lo que estimen corresponder y presenten las pruebas que hagan a

sus derechos.

Artículo 9º) La vista a que alude el artículo 8º de este Reglamento, deberá ser contestada con las

pruebas agregadas pertinentes hasta las 24 (veinticuatro) horas del día inmediato siguiente al

establecido en el artículo precedente inmediato anterior de este Reglamento.

3

Artículo 10º) La Junta Electoral resolverá el Recurso de Reconsideración planteado con todas

las probanzas agregadas, hasta las veinte horas del día inmediato siguiente al vencimiento del

plazo estipulado en el artículo 8º de este Reglamento.

Artículo 11º) En caso que la Junta Electoral recurrida resuelva el recurso de Reconsideración

ratificando la resolución original dictada oportunamente, deberá elevar hasta las 24 (veinticuatro)

horas del día inmediato siguiente todas las actuaciones originales de recurso a la Rectoría para

que resuelva el Recurso Jerárquico en subsidio.

Artículo 12º) En caso que la Junta Electoral recurrida resuelva el recurso, solo se podrá

presentar Recurso Jerárquico ante el Rector hasta las 24 (veinticuatro) horas del día inmediato

siguiente.

Artículo 13º) El Rector resolverá, sin substanciación, hasta las veinticuatro (24) horas del

segundo día inmediato siguiente de la recepción, los recursos presentados.

TITULO SEGUNDO DE LOS ELECTORES

Capítulo I - De los Docentes y los Docentes Administrativos

Artículo 14º) Tendrán derecho a voto los docentes con cualquier situación de revista y con

desempeño actual al momento del cierre de los padrones provisorios.

Se entiende que no tienen desempeño actual, y por lo tanto serán excluidos de los padrones,

aquellos Docentes que se encuentren usufructuando de licencia sin goce de haberes únicamente.

Los docentes que hubieren renunciado o sido dados de baja con posterioridad al cierre provisorio

del padrón, deberán ser tachados del padrón definitivo por la Junta Electoral hasta el momento

de iniciación de los comicios.

Capítulo II - De los Estudiantes

Artículo 15º) Los alumnos con derecho a elegir deberán tener regularizado o acreditado al

menos un espacio curricular en el año en el que se producen las elecciones.

TITULO TERCERO - DE LOS PADRONES

Capítulo I - De los Contenidos

Artículo 16º): La Secretaría, será responsable de confeccionar los padrones provisorios de los

distintos claustros.

4

Artículo 17º): Los padrones estarán ordenados alfabéticamente con la totalidad de los Docentes,

Docentes Administrativos y Estudiantes. Incluirán los siguientes datos:

a) Nombre del claustro y carrera,

b) Apellido y nombres completos,

c) Tipo y número de documento de identidad.

Capítulo II - Del cierre de padrones, exhibición y observaciones

Artículo 18º) Los padrones de todos los claustros (Docentes, Egresados y Estudiantes), cerrarán

simultáneamente siete (7) días antes de la fecha de elección de consejeros.

Artículo 19º) Los padrones de los distintos claustros serán exhibidos durante tres (3) días,

contados a partir de la fecha de cierre, en una cartelera destinada a este único efecto.

Artículo 20º) Vencido el plazo de exhibición de los padrones, se abrirá el período de un (1) día

durante el cual se podrán solicitar opciones, correcciones, supresiones o inclusiones que salven

omisiones o impugnaciones por inobservancia de algunos de los requisitos exigidos por este

Reglamento para ser elector. Las mismas deberán realizarse por escrito y debidamente justificada

ante la Junta Electoral.

Capítulo III - De la oficialización de los padrones

Articulo 21º) Dentro de los dos (2) días posteriores de cumplido el plazo establecido en el

artículo 20º, la Junta Electoral, resolverá, sin substanciación, las opciones, impugnaciones,

correcciones, supresiones, inclusiones o tachas que se hubiesen presentado, y procederá a la

oficialización de los padrones de Docentes, Docentes Administrativos y Estudiantes - según

corresponda -. Estos serán los definitivos para el acto eleccionario y serán firmados por la

totalidad de la Junta respectiva. Los mismos deberán ser exhibidos en las dependencias del

Instituto, en el mismo día de resolución.

Quien no figure en el padrón no podrá emitir su voto.

TITULO CUARTO - DE LOS CANDIDATOS

Capítulo I - De las condiciones para ser candidato

Artículo 22º) Podrán ser candidatos por los claustros de Docentes y Docentes

Administrativos aquellos docentes titulares, interinos y/o suplentes sin término que : a) tengan

como mínimo un año de antigüedad en el establecimiento, b) no estén sujetos a sumario ni

sancionados y c) posean una carga semanal en el Instituto no inferior a cuatro horas

académicas.

El claustro docente estará conformado por un docente en calidad de consejero titular y uno

suplente por cada carrera que posea la Institución.

5

El claustro Docente Administrativo estará constituido por un docente administrativo en calidad

de consejero titular y uno suplente.

Podrán ser candidatos por el claustro estudiantil los alumnos regulares del segundo, tercero o

cuarto año de cada carrera.

El claustro estudiantil estará conformado por un alumno en calidad de consejero titular y uno

suplente por cada carrera que posea la institución.

Capítulo II - De los candidatos

Artículo 23º) Podrán ser candidatos todos los docentes y alumnos que reúnan los requisitos

establecidos en los artículos anteriores.

Artículo 24º) Una vez conocidos los padrones, los interesados a ser candidatos deberán

presentar nota ante la Junta Electoral en la que indique su intención y a qué claustro y/o carrera

desea representar. Se adjunta modelo en Apéndice I.

La Junta Electoral validará su candidatura una vez controlados los requisitos.

Podrá solicitarse la validación de su postulación ante la Junta Electoral, en un plazo no menor de

72 hs. antes de la fecha fijada para los comicios.

24 (veinticuatro) horas antes de los comicios, y durante el desarrollo de los mismos, regirá un

período de veda, durante el cual estará prohibida toda actividad de propaganda electoral.

Artículo 25º) Los potenciales candidatos a integrar el consejo directivo, una vez validada su

candidatura por la Junta electoral, podrán divulgarla a través de los medios pertinentes.

Artículo 26º) Ningún candidato podrá representar a más de un claustro, ni a más de una carrera.

Capítulo VI - De las boletas para votar

Artículo 27) La Junta Electoral dispondrá la impresión de las boletas que se utilizarán para la

emisión del voto.

Artículo 28) En todas las boletas deberá figurar impreso lo siguiente:

a) Claustro y carrera a la que pertenece;

b) Fecha del acto electoral;

c) espacio en blanco para que el votante, de puño y letra, consigne apellido/s y nombre/s

completos del candidato al que adhiere.

TITULO QUINTO - DEL ACTO ELECTORAL

Capítulo I - De las fechas y lugares de votación

Artículo 29) El acto electoral se llevará a cabo en la fecha establecida oportunamente por la

Junta Electoral.

6

Las elecciones de Consejeros se realizarán en forma simultánea para cada claustro, en un solo

día. No se suspenderán las actividades académicas en la jornada electoral.

Artículo 30) La cantidad de mesas receptoras de votos y los lugares de votación serán aquellos

que determine la Junta Electoral

Capítulo Il - De las autoridades de mesa

Artículo 31) Las autoridades de las mesas electorales estarán integradas de la siguiente manera:

- un (1) presidente titular y dos (2) vocales designados por la Junta Electoral, debiendo

pertenecer al padrón respectivo.

En caso de que el presidente y los vocales no asistan a la apertura de la mesa, los dos primeros

votantes –inscriptos en el padrón- que se presenten deberán asumir las funciones de presidente y

vocales, en su defecto se solicitará a los directores de estudio que cubran las faltas que se

registren.

Los docentes, docentes administrativos y alumnos que desempeñen funciones de presidente y

vocales serán relevados de sus funciones en el horario en que se desempeñen como autoridades

de mesa y a los alumnos no se les computará inasistencia.

Se podrá designar un fiscal y un suplente en todas las mesas que estimen conveniente. Los

Fiscales, titular y suplente, deberán figurar en el padrón electoral.

Artículo 32) Las autoridades de mesa procederán a efectuar la apertura de los comicios a la hora

y fecha fijada para el acto electoral, debiendo mantenerla habilitada para la recepción de

votantes, continuadamente, hasta la hora fijada para el cierre de las votaciones.

El presidente y vocales de mesa que cierren los comicios no podrá retirarse hasta tanto se haya

realizado el recuento provisorio de votos y se haya labrado el acta de cierre.

La misión primordial de las autoridades de mesa es velar por el correcto e imparcial desarrollo

del acto electoral y realizar el escrutinio provisorio. Se adjunta modelo de acta de apertura en

Apéndice II

Capítulo III - Del desarrollo de los comicios

Artículo 33) Antes de iniciarse los comicios, las autoridades de mesa deberán instalar la urna;

preparar el cuarto oscuro; colocar las boletas del claustro y/o especialidad correspondientes en el

cuarto oscuro; instalar en lugar visible el padrón para que los votantes puedan observar y copiar

con precisión el nombre/s y apellido/s del candidato al que adhieren; y labrar acta de apertura en

la que consten los miembros que constituyeron la mesa.

Cada 1 (una) hora, o cuando sea necesario, deberán ingresar al cuarto oscuro a fin de verificar si

todos está en orden y asegurarse que haya boletas disponibles. Asimismo deberán labrar actas de

egreso-ingreso de autoridades de mesa cada vez que uno sea reemplazado. Se adjunta modelo de

acta de apertura en Apéndice II bis.

Artículo 34) Los integrantes de los distintos claustros, para votar, deberán concurrir a la mesa

en cuyos padrones estén inscriptos con cualquier documento (DNI, cédula de identidad, libreta

universitaria, carnet de conducir, carnet de obra social, etc.) que acredite mediante foto y numero

7

de documento nacional de identidad, la identidad del votante y que corresponda con los datos

que figuran en el padrón electoral.

Presentarán el documento al presidente de mesa, quien verificará si figura en el padrón y, de ser

así, le entregará un sobre rubricado por el presidente de mesa y los fiscales que deseen hacerlo, y

lo hará pasar al cuarto oscuro a fin de que proceda a colocar en el mismo la boleta y lo cierre

para, posteriormente, introducirlo en la urna.

El presidente asentará en el padrón la emisión del voto, el votante firmara al costado de su

nombre en el padrón la constancia de su participación, y luego el presidente de mesa devolverá

el documento presentado por el votante.

Articulo 35) A la hora fijada para el cierre de los comicios, el presidente dará por concluido el

mismo luego de que emitan su voto todas las personas que se encuentren frente a la mesa de

votación en ese momento.

A continuación se labrará el acta de cierre de los comicios, que se adjunta a la presente

reglamentación como Apéndice III.

Capítulo IV- De los votos

Artículo 36) El voto será secreto e individual para todos los claustros. No se puede votar con

poder.

Artículo 37) Serán considerados como votos validos todos los que se hayan emitido, con

exclusión de los anulados.

A los fines de los porcentajes y de la adjudicación de los cargos, los votos en blanco no serán

computados.

Artículo 38) Serán votos nulos aquellos emitidos de la siguiente forma:

a) mediante boleta no oficializada.

b) mediante dos (2) ó más boletas contenidas en el sobre;

c) mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachadura no contenga

por lo menos claramente el nombre y apellido del candidato;

d) mediante boleta oficializada que contenga candidatos de otro claustro o carrera;

e) mediante boleta oficializada que contenga candidatos cuya candidatura no haya sido

validada por la Junta;

f) cuando en el sobre, juntamente con la boleta electoral, se haya incluido algún otro objeto;

g) cuando el voto sea anunciado públicamente (cantado) en inmediaciones de la mesa, en

cuyo caso el presidente de mesa procederá a intervenir el sobre que lo contiene haciendo

constar el carácter de tal con la leyenda “nulo, voto cantado”.

Artículo 39) Serán considerados votos en blanco aquellos casos en que el sobre estuviera vacío o

la boleta este en blanco o contenga un papel en blanco.

Articulo 40) Votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad fuere observada por algún

miembro de la mesa; observación que se asentarán en el acta de escrutinio adjuntando la boleta

respectiva.

El voto será evaluado oportunamente por la Junta Electoral, la que decidirá en definitiva.

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Capitulo V - Del escrutinio provisorio

Artículo 41) Inmediatamente después de labrar el acta de cierre de los comicios las autoridades

de mesa procederán, en presencia de los apoderados y fiscales si los hubiera en el acto, a realizar

el escrutinio provisorio.

Concluido éste, se elaborará el acta que se adjunta a la presente como Apéndice III, en donde se

consignará:

a) hora de cierre de los comicios

b) número total de votantes

c) número de votos válidos

d) número de votos que haya obtenido cada candidato

e) número de votos en blanco

f) número de votos nulos

g) número de votos recurridos, adjuntando la documentación

h) En caso de igualdad de cantidad de votos de dos candidatos, se procederá a sortear entre los

candidatos a los efectos de determinar orden de prelación (Titular – Suplente)

i) hora de finalización del escrutinio

j) Nombres y firmas del Presidente de Mesa y de los apoderados y fiscales presentes en dicho

acto.

Artículo 42) Finalizado el escrutinio provisorio, los votos, los sobres y las actas

correspondientes serán devueltos en las urnas, las que debidamente fajadas serán entregadas a la

Junta Electoral.

TITULO SEXTO - DEL CIERRE DEL PROCESO ELECTORAL

Capítulo I - Del escrutinio definitivo

Artículo 43) La Junta Electoral, dentro de los dos (2) días siguientes a la finalización de los

comicios, procederá a la realización del escrutinio y cómputo definitivo de los votos emitidos y a

la proclamación de los candidatos electos. Se adjunta modelo de Disposición como Apéndice IV. El

cómputo podrá ser controlado únicamente por los fiscales que se han designado oportunamente

Capítulo II - De la proclamación de los candidatos electos

Artículo 44) La Junta Electoral procederá mediante disposición a proclamar a los candidatos

electos según lo establecido en el artículo precedente y dispondrá su exhibición en dependencias

del Instituto a partir del mismo día de su resolución.

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TITULO SEPTIMO- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 45) Los mandatos de los Consejeros Egresados, Estudiantes y Docentes ante el

Consejo Directivo, tendrán una duración de un (1) año, coincidentes con los períodos de

renovación de los mismos, salvo los elegidos en elecciones complementarias por vacancia, los

que cubrirán el plazo restante del mandato.

Articulo 46) Cuando por sucesivas vacancias se agoten las listas de suplentes correspondientes,

y mientras el Cuerpo de que se trate se encuentre en período de sesiones, se procederá a realizar

elecciones complementarias en la forma establecidas en el presente Reglamento para

reemplazarlos hasta completar la duración del mandato original.

Artículo 47) En todos los casos que se fijan plazos en "Días" se entenderá que son días hábiles,

salvo que expresamente se indique que son días corridos. El día se computará como día completo

en el horario administrativo del Instituto, sin la habilitación especial de días inhábiles,

considerándose como hora de cierre del día a las veinte (20) horas.

Artículo 48) Los representantes del Consejo Directivo cesarán automáticamente en sus

funciones cuando pierdan la condición o categoría que representan.

Artículo 49) Concluido el proceso electoral, toda la documentación utilizada será colocada en

un sobre cerrado, fajado, que será entregado al Rector, el que determinará su archivo hasta la

finalización del próximo proceso, tiempo en el que será destruida.

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APENDICE I:

MODELO NOTA POSTULACIÓN

Resistencia,

Sres. Miembros de la

Junta Electoral para Consejeros del

Consejo Directivo

PRESENTE

De mi mayor consideración, tengo el agrado de dirigirme a ustedes con el

fin de postularme para Consejero Representante del claustro …………...................... y correspondiente a

la carrera…………………………………………………………………………….

Atentamente.-

Apellidos y Nombres completos:……………………………………………………………………….

M.I.Nº:………………………………

…………………………….

Firma

____________________________________________________________________________________

martes, 1 de junio de 2010

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